Vehículos de alquiler y dudas de circulación ante el estado de alarma

Publicado 7 de abril de 2020 por admin

Desde que el pasado 14 de Marzo se anunciara el estado de alarma en todo el país ante la situación de crisis sanitaria por la COVID-19, el Gobierno exigió el confinamiento absoluto para erradicar la propagación del virus. Casi a diario, se anuncian nuevas normativas y medidas estipuladas por el Real Decreto que se van modificando en función de cómo va avanzando la situación. Desde el inicio de esta cuarentena, han habido restricciones drásticas en materia de movilidad, todas recogidas en el BOE, para frenar posibles contagios. Es muy probable que ante esta situación surjan dudas sobre cuándo está permitido circular y si todavía están disponibles los servicios de alquiler de vehículos. El objetivo de este post es resolver las dudas más frecuentes sobre circulación en el estado de alarma para que todos seamos conscientes de la normativa y asumamos nuestra parte de responsabilidad frente al coronavirus.

¿Puedo contratar un vehículo de alquiler en estado de alarma?

Hasta ahora, la Orden del Ministerio de Transportes TMA/254/2020 aprobada el 18 de Marzo, permitía expresamente el alquiler de vehículos a profesionales de transporte o reparto para garantizar el abastecimiento de productos esenciales. Pero, ante la la reducción notable del transporte público se ha flexibilizado la categoría de alquiler de coches. El pasado 23 de Marzo, se publicó en el BOE una medida que afecta a clientes particulares asegurando que ‘’estará permitida la apertura de de los establecimientos dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor’’, siempre dentro de los desplazamientos permitidos planteados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, que comentaremos a continuación, es decir, no se podrá alquilar un coche de alquiler con motivo de ocio.

¿Pueden sancionarme si cojo el coche en estado de alarma?

Solamente está permitido realizar desplazamientos estrictamente necesarios autorizados en el artículo 7 del RD 463/2020 como son: ir a comprar alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad; acudir a centros, servicios y establecimientos sanitarios, desplazarse al lugar de trabajo; asistir al cuidado de mayores o menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables, regresar al domicilio (1ª vivienda), acudir a entidades financieras y de seguros, y estaciones de servicio de repostaje.
La DGT ha aumentado los controles en las carreteras para sancionar todos aquellos desplazamientos que no sean realizados por causa mayor, con una multa que parte de los 600 euros. Para evitarlo, deberemos llevar la documentación necesaria que acredite el desplazamiento, por ejemplo un justificante oficial de tu lugar de trabajo o el ticket de la compra en caso de que hayamos ido al supermercado.

¿Puedo viajar acompañado?

Solo se permiten los trayectos individuales salvo en casos exceptuados: personas con discapacidad, mayores o menores, u otra causa justificada. Como dictamina la la Orden TMA/278/2020, en estos casos, solo deberá haber un ocupante por cada fila de asientos, es decir, si la capacidad del vehículo es de dos filas de asientos como los turismos convencionales, solo podrá ir el conductor y un acompañante en la parte trasera del vehículo y en el lado opuesto al conductor, manteniendo la máxima distancia de seguridad.

Malco Rent a Car refuerza su sistema de limpieza y desinfección

Con el fin de garantizar la seguridad de nuestros clientes y siguiendo con las normas de higiene, hemos implementado medidas de seguridad extra minimizando el contacto y reforzado nuestro ya de por sí intensivo trabajo de limpieza. Para desinfectar y airear el interior del vehículo, utilizamos una máquina de ozono y extremando la limpieza de todas las zonas de contacto más frecuentes, como volante, manecillas, salpicaderos, etc. Además, todo nuestro equipo de limpieza cumple con equipo de protección recomendado para evitar cualquier contagio. Desde Malco Rent a Car vamos modificando nuestra actividad siguiendo las medidas estipuladas por el Real Decreto para garantizar la seguridad de nuestros clientes. Queremos resaltar la importancia de asumir esa parte de responsabilidad individual para poder frenar entre todos el virus. Ante cualquier duda, os pedimos que os pongáis en contacto con nosotros por las vías habituales, ya que seguimos ofreciendo nuestro servicio de atención al cliente.

Recuerda que en Malco Rent a Car disponemos de un servicio de asistencia online para resolver tus dudas y facilitar el proceso de alquiler de cualquier vehículo. ¡Estaremos encantados de atenderte! También puedes consultar las tarifas del vehículo que necesites a través de nuestro tarificador:

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